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Id: 1940

Título: Reglamento para el régimen y administración de las aguas potables que abastecen la villa de Bocairente

Contenido:

Autor: Ayuntamiento de Bocairent

Bibliografía: Documento

Fecha: 16/10/1924

Referencia: Reglamento, estatuto, ordenanza

Comentario:

Esta ficha incluye el “reglamento para el régimen y administración de las aguas potables que abastecen la villa de Bocairente” que, al margen del propio reglamento, en su formato y redacción reflejan parte del estilo de vida del Bocairent de 1924, y un plano del trazado inicial realizado en 1925

Está dividido en cuatro partes:

  • Una nota del “Ayuntamiento a Bocairente”.
  • El “Reglamento de las aguas potables
  • El “informe del Señor Inspector de Sanidad de las aguas potables”
  • El “acta de la sesión del Ayuntamiento celebrada el 16 de octubre de 1924 acordando la reconstrucción de las obras y aprobando el proyecto del Ingeniero D. Emilio Donat

Esta escrito con la grandilocuencia propia de la época, pero vale la pena leerlo porque descubre parte de la situación y social y sanitaria de los bocairentinos de 1924

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Comienza con una exhortación al bien común que debe presidir las actuaciones municipales, y termina con estos dos párrafos:

Por eso al redactar este Reglamento, dejando a salvo la integridad de derechos preexistentes, por la ley amparados, y otorgando justas compensaciones a los que mediante el anticipo de su capital convirtieron en realidades lo que eran esperanzas, hemos tenido especial cuidado en que los beneficios de las obras puedan alcanzar a todos los vecinos, dentro de los límites que nos ha sido indispensable trazar, porque por igual merecen la atención y los cuidados del Municipio, como por igual puso Dios a su disposición los espléndidos y excelentes manantiales del "Barranquet de la Rambleta".

Pensando y sintiendo así, al escribir estas lineas, hemos de dirigirnos a los que hayan de sucedernos, y ante ellos invocamos el nombre sagrado de la Patria, para que, inspirándose en las mismas orientaciones que seguimos, sepan y cumplan el cívico deber de sacrificarse en bien y en honor de la misma, y como gobernantes y como - administradores municipales, respondan siempre con sus actos y sus resoluciones a las exigencias y aspiraciones del vecindario, no olvidando nunca que por los actos se definen las situaciones y se juzga a los hombres, porque también por algo se ha dicho, y con razón, que las palabras son el constante lenguaje de los hombres, y que los hechos son el eterno lenguaje de Dios”.

Y firman:

José Puig, alcalde, Esteban Castelló, José Piedra, Juan J. Ibáñez, José María Juan, Manuel Martínez, Juan Puerto, Eladio Molina, Baltasar Castelló, José María Sempere, Antonio Beneyfo, concejales, y Agustín Calabuig, secretario.

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El reglamento describe la obra y su financiación. Destaco algunos párrafos:

“Art. 1.0 El caudal de aguas objeto del proyecto, es el que emerge del manantial público municipal, situado en el "Barranquet de la Rambleta", que según aforo debidamente practicado el once de Agosto último, es de 20 litros por segundo, equivalentes a 1.728.000 litros diarios, habiendo sido clasificadas técnicamente sus aguas como de inmejorable potabilidad. De acuerdo con informes técnicos podrá ser aumentado el caudal con nuevas captaciones…”

“Art. 16. Los títulos del empréstito consistirán en Obligaciones hipotecarias al portador, con valor nominal de quinientas pesetas cada una, conteniendo los cupones correspondientes a los intereses que se devenguen durante el tiempo del empréstito por semestres vencidos.”

Lo firman, el 27 de Octubre de 1924:

José Puig, Esteban Castelló, J. Piedra. (Rubricados)

Aprobado por el Ayuntamiento en pleno, en sesión extraordinaria del día veintisiete de Octubre de mil novecientos veinticuatro.

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El informe técnico justifica la necesidad de la obra por razones de abastecimiento y la salubridad de la población. Uno de los puntos indica una estadística de muertes por tifoidea que indica que en España morían por esta causa un 700 % más que en Suiza y Holanda, y un 280 % más que en Bélgica :

“Mortalidad por tifoidea en España, 28 por 100.000.

Idem íd. en Suiza, 4 por 100.000.

Idem íd. en Holanda, 4 por 100.000.

Idem íd. en Bélgica, 10 por 100.000.”

Y concluye

“De todo lo expuesto se deduce una sola conclusión: que urge, con urgencia inaplazable, modificar la cañería y casetas para purificar y aumentar el caudal de agua, haciendo cuantos esfuerzos sean necesarios, pues es de todos sabido que ((Salus populi, suprema lex)).

Bocairente 18 Octubre 1924.-Migucl Boronat.(Rubricado). - Señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. Bocairente.”

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El acta municipal que aprueba el proyecto se celebró el 16 de octubre de 1924 y la firman:

José Puig.-Esteban Castelló.- Juan J. Ibáñez.- Juan Puerto.- Eladio Mo!ina.- Baltasar Castelló.- J. Piedra.- Antonio Beneito. -J. M.Juan.-Manuel Martínez.- José María Sempere. -Agustín Calabuig. (Rubricados).

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